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Asesoría y Gestión en Proceso de Pensión de Invalidez

Comisión Médica de AFP rechaza Pensión de Invalidez a paciente que sufrió extirpación de Estómago

Fundación Valídame

La existencia de la fórmula “Suma Combinada con Restricciones” y que está determinada en el compendio de normas del Decreto Ley 3.500, para la evaluación del grado de invalidez de los trabajadores afiliados al Sistema de Pensiones AFP, se ha transformado en un tremendo problema para personas que padecen de diversas enfermedades invalidantes. Si bien la Suma Combinada es un factor que se utiliza en diversos países del mundo, en Chile desde el año 2008 es “Con restricciones”. Esto ha permitido a las Comisiones Médicas de las AFP, restringir el acceso al Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS). En la práctica, esto significa que existe validez jurídica para impedir sumar el menoscabo o las afectaciones a la salud que existen en una sola persona, imposibilitándolo de realizar su vida personal y profesional de manera normal. De esta manera, cada enfermedad es analizada de manera individual y no como un todo. Tal es el caso de uno de nuestros usuarios, a quien le fue extirpado el estómago y que por orden médica requiere de por vida permanecer cerca de un centro asistencial de salud. El usuario (cuyo nombre mantendremos bajo reserva por respeto a su privacidad) y como resultado de esta extirpación, padece una serie de trastornos o secuelas propias de su condición, entre las cuales una de las más importantes es el fenómeno conocido como Dumping. Esta afección se manifiesta en diversos niveles. Dumping Precoz que se produce cada 30 minutos y el Dumping Tardío, que se manifiesta cada dos horas y con desmayos. Diversos médicos tratantes han indicado al paciente la urgente necesidad de permanecer cerca de un centro asistencial de forma continua. Una Médico Nutrióloga (INTA) afirmó en certificado médico de enero de 2017, que cambió en forma radical la forma en la que debe alimentarse, con muchos cuidados especiales y con el consumo permanente de vitaminas y minerales que no puede absorber a través de los alimentos. En el documento la profesional indica textualmente que (…) “la salud del paciente se ha deteriorado en forma importante, con falla de función renal, síntomas de deshidratación, presenta con más frecuencia bajas de glicemia durante el día, junto con síntomas digestivos (Dumping), por lo que se debe optimizar su alimentación con horarios y tipos de comida más estrictos. Debido a lo anterior, el paciente no puede seguir trabajando con las funciones que hasta ahora desempeña, ya que puede sufrir algún tipo de descompensación hemodinámica que lo puede llevar a sufrir un evento cardiovascular”. Otro médico especialista, extiende certificado médico que avala el complejo estado de salud por el que atraviesa el paciente. El documento revela textualmente que el paciente padece de un “Dumping tardío con hipoglicemia importante en tratamiento con Nutrióloga, pero mala respuesta no le permite trabajar, Osteoporosis por mala Absorción, Artrosis moderada de manos y una Insuficiencia Renal Leve” Ante el difícil escenario de vida para el paciente, recurrió a la AFP para solicitar ser beneficiario del SIS, donde la Comisión Médica de Los Ángeles le otorgó invalidez Parcial Transitoria. Este resultado hizo que las Compañías de Seguro interpusieran un Recurso de Apelación, que terminó por darles el favor, rechazando de esta forma la solicitud de invalidez y dejando al paciente sin acceder a este beneficio social que por Ley los ciudadanos tienen derecho.



Reacciones


Desde Fundación Valídame, su presidente Juan Carlos Pizarro, fue enfático en condenar la resolución. “Cómo es que una persona a quien se le extirpa el estómago por completo, que no se puede alimentar de manera normal y que cuenta con el diagnóstico médico de diversos profesionales y con diversos problemas asociados, puede estar desde el punto de vista de las Comisiones Médicas, apto para desempeñar de formal normal las actividades de la vida diaria, con una incapacidad global de un 25%”.


Pizarro se manifestó preocupado y en alerta por la resolución y advirtió que “de confirmarse la Resolución de la Comisión Médica Central, estaríamos en presencia de una normativa que a todas luces resulta muy perniciosa para los trabajadores afiliados al Sistema de Pensiones Chileno”.


El presidente de la Fundación no rechazó la idea de tomar acciones. “Esta situación nos obligaría a presentar un requerimiento al Tribunal Constitucional por lo vicios que podrían estar presentando las normas, vulnerando derechos refrendados en nuestra Carta Magna. Es conveniente no solamente citar el funcionamiento de la SUMA COMBINADA CON RESTRICCIONES como mecanismo de evaluación para calificar la invalidez en Chile, también es necesario investigar su introducción en la Ley y sus gestores”, finalizó Juan Carlos Pizarro.


Suma Combinada


La “Suma Combinada con Restricciones” está determinada como un procedimiento en las Normas para la Evaluación y Calificación del grado de Invalidez de los trabajadores afiliados al Nuevo Sistema Provisional (séptima edición). Estas fueron publicadas el 02/01/2016 en el Diario Oficial, y se encuentran vigentes desde el 01/07/2016. La norma fue elaborada por la Comisión Técnica de Invalidez, órgano dependiente de la Superintendencia de Pensiones, para la evaluación del grado de invalidez de los trabajadores.


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